Registro Votación Asamblea

Vaya al menú izquierdo Administrativos - Asambleas en la pagina encontrará un resumen de las Asambleas registradas.

mceclip0.png

Luego de haber registrado la Asamblea, con el botón de opciones, seleccione la alternativa Votaciones para registrar una nueva Votación.

Nota: esta opción queda disponible solo para las Asambleas con estado Publicada

Para crear una nueva votación para la asamblea presione en Registrar.

Nota: para publicar una votación se debe alcanzar el porcentaje mínimo de conformación de Asamblea, para ello debe registrar la Asistencia con anterioridad.

El formulario muestra los siguientes campos:

Título: Pregunta o asunto que se desea someter a votación.

Opciones: Opciones que tendrá la votación y sobre las cuales se registrarán los votos.

El mínimo de opciones a registrar debe ser 2.

 

Al ingresar al detalle de la votación creada, se mostrará las condiciones necesarias (porcentaje de acuerdo) para que la votación sea considerada como válida. Esto varía según el tipo de asamblea que se esté llevando a cabo:

    • Asamblea Ordinaria: Más del 50% de los Derechos de los Asistentes

    • Asamblea Extraordinaria de Mayoría Absoluta: Más del 50% de los Derechos del Condominio

    • Asamblea Extraordinaria de Mayoría Reforzada: Más del 66% de los Derechos del Condominio

¿Cómo se contabilizan los votos?


Los votos son contados en base a la alicuota de la Unidad. Cada votación será validada en base al tipo de asamblea, ya que cada una de ellas cuenta con diferentes porcentajes de acuerdo mínimos.

Para las asambleas extraordinarias de mayoría reforzada y mayoría absoluta el porcentaje de acuerdo se calcula en función del total de derechos de condominio. Por ejemplo, para la asamblea extraordinaria de mayoría absoluta el porcentaje de acuerdo debe ser más del 50% de los derechos del condominio. Es decir, que si en una votación se suman las alicuotas de todas las Unidades que votaron por la opción ganadora ,y esta suma es más del 50%, entonces se ha alcanzado el porcentaje de acuerdo mínimo establecido.

Para la asamblea Ordinaria el comportamiento es un poco diferente, ya que el porcentaje de acuerdo es en base de los derechos de los asistentes (más del 50%). En este tipo de asamblea, el universo a considerar no son todas las Unidades del condominio, sino que sólo se considera aquellas que asistieron a la Asamblea. Por ejemplo, si en una asamblea ordinaria la suma de las alicuotas de las Unidades asistentes es igual a 30%, significa que para que exista acuerdo en una votación, la suma de las alicuotas de las Unidades que votaron por la opción ganadora debe ser mayor a 15%.

Todo este cálculo es hecho automáticamente por EdiPro, y una vez cerrada la votación le indicará si con los datos registrados la votación es válida o no según el porcentaje de acuerdo alcanzado.