Para visualizar los Finiquitos, dirigirse al menú izquierdo en Remuneraciones - Finiquitos
Se mostrarán los Finiquitos registrados en Edipro, si no tiene Finiquitos ingresados, puede registrarlos seleccionando el botón Registrar arriba a la derecha, o Agregar Finiquitos
Luego, deberá completar el siguiente formulario:
Debe completar todas las casillas editables en este formulario, ya que son obligatorias para generar el finiquito. Aquellas que no se pueden editar, son calculadas automáticamente por el sistema.
Importante: en casos de renuncia en el campo Día de despido debe ingresar el ultimo día trabajado por el colaborador
Los campos que se calculan automáticamente se determinan de la siguiente forma:
- Periodo de servicio: Son los años, meses y días entre la fecha inicio de contrato y la fecha finiquito.
- Días vacaciones: En base a lo mostrado en el campo Periodo de servicio, se calcula con la siguiente fórmula: años*15 + meses*1,25 + días*1,25/30
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Días pendientes de vacaciones: Es la diferencia entre el campo Días vacaciones y Días usados de vacaciones
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Días inhábiles: A partir del día siguiente a la fecha del finiquito, se debe sumar a ésta los Días pendientes de vacaciones considerando solamente los días hábiles. Los días sábados, domingo y feriados se contabilizan como los días inhábiles. Los días feriados se pueden configurar haciendo click en en botón Feriados:
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Indemnización aviso previo: Sólo aplica cuando la causal del finiquito es del artículo 161, 168 o 171. Si la diferencia entre la fecha finiquito y la fecha aviso despido es 30 días, entonces aplica pagar esta indemnización. Se paga sueldo base + gratificación + colación + movilización.
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Indemnización años de servicio: Sólo aplica cuando la causal del finiquito es del artículo 161, 168 o 171 y cuando el trabajador lleva más de un año trabajando. Se calcula en base a los años trabajados multiplicado el sueldo base + gratificación + colación + movilización.
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Indemnización vacaciones proporcionales: Se calcula como: (días pendientes de vacaciones + días inhábiles)*sueldo base/30 .
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Total finiquito: Corresponde a remuneración pendiente + indemnización años de servicio + indemnización vacaciones proporcionales + indemnización aviso previo.
Nota: Si el colaborador tiene un bono por derecho adquirido lo puede agregar dentro del campo Sueldo Base o en el campo Monto Voluntario
Una vez creado el Finiquito, puede descargarlo en formato docx También se permite subir el Finiquito firmado ante notario, así como también generar el egreso asociado al pago del Finiquito.